En el citado procedimiento se debatían dos asuntos principalmente:
– Si el “Alta Hospitalaria” es motivo para cancelar el “Permiso por Hospitalización de Familiares
– Si basta con la hospitalización para que se genere el derecho a la licencia cuestionada, sin que sea precisa que la enfermedad sea más o menos grave.
CONCLUSIONES DE LA SENTENCIA:
Según Sentencia de la Sala 4ª de lo Social del Tribunal Supremo, de 5 de marzo del 2012, recaída en Recurso de Casación número 57/2011 en el que se determina que “El alta Hospitalaria” no supone cancelación del permiso por Hospitalización de familiares, si no hay “Alta Médica”.