Una sentencia del TSJA establece que el personal que presta servicios para Servicio Andaluz de Salud (SAS) y percibe el concepto “Premio de Antigüedad”, tiene derecho también a percibir íntegramente el concepto de retribución básica correspondiente a sus trienios.
Aunque la sentencia del TSJA ha reconocido este derecho, lo cierto, es que los profesionales del SAS afectados han estado recibiendo los trienios consolidados que corresponden por estos dos conceptos diferenciados en nómina (trienios y premio de antigüedad).
¿ Qué es lo que puede suceder ahora? El SAS se ha defendido en el recurso alegando “enriquecimiento injusto “en la reclamación y que la sentencia inicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo vulneraba el sistema retributivo del Real Decreto-Ley 3/1987, de 11 de Septiembre.
El Servicio Andaluz de Salud:
puede interponer un recurso de Casación por infracción de Ley ante el Tribunal Supremo solicitando en suspenso la ejecución de la sentencia ( que inicialmente solo afecta al recurrente y en el ámbito de las competencias territoriales de la Sala de Sevilla del TSJA)
proceder a una modificación normativa y reglamentaria del sistema de pago de estos conceptos (la sentencia apunta ” explícitamente ” a un defecto regulativo rectificando e integrando el ” premio de antigüedad “en el concepto de Trienios.
Desde UGT, entendemos que se debe ser prudente antes de iniciar masivas reclamaciones en tan corto plazo de tiempo, sin conocer la respuesta judicial o normativa de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud.