Hoy 21 de junio, en mesa de seguimiento de los acuerdos de Carrera y Desarrollo profesional , la administración nos ofrece los datos en cuanto al número de solicitudes presentadas y resueltas a 31 de mayo y nos informa que se cobrará previsiblemente en la nómina de agosto.
Todos los del extraordinario cobrarán con efecto retroactivo si 1 de enero y sin embargo en el periodo ordinario o normalizado los solicitantes del grado I y grado II podrán cobrar también con efecto retroactivo al 1 de enero de 2016 dichas cuantías siempre que el solicitante reúna los requisitos y méritos necesarios para el acceso al grado solicitado de haber participado en la convocatoria anual correspondiente si no se hubiera producido la suspensión del Acuerdo, es decir, que básicamente todos los que procedan del extraordinario y ahora lo hayan solicitado por el ordinario cobrarán con efectos a 1 de enero de 2016, porque los efectos a nivel administrativo para acceder al grado II les correspondió antes del 1 de enero de 2016. El resto del procedimiento ordinario será los efectos del mes siguiente de la resolución , que será el mes de junio la fecha de cobro puesto que se resuelve este primer bloque a 31 de mayo de 2016.
En estos días empezarán a recibir las cartas con las resoluciones oportunas los peticionarios de la solicitud de carrera y desarrollo profesional.
ver tabla a continuación…
Os seguiremos informando