UGT INFORMA ABIERTO EL PLAZO DE SOLICITUD PERMANENTE PARA ENFERMERIA PARA LA OBTENCION DEL TITULO DE ENFERMERO ESPECIALISTA CUIDADOS MEDICO-QUIRURGICO

Concesión del título de enfermero especialista por vía excepcional

Especialidad: Enfermería de Cuidados Médico-Quirúrgicos

Acceso al servicio online
Plazo de presentación:ABIERTO PERMANENTEMENTE

PROCESO ABIERTO (PROGRAMA FORMATIVO AÚN NO APROBADO)

Información general
A través de este servicio se pueden solicitar los títulos de enfermero especialista establecidos en el Real Decreto 450/2005. También permite la consulta posterior del estado de la tramitación de su expediente tras la cumplimentación de la solicitud y de la presentación de la misma en un registro oficial.

Se trata de un procedimiento dirigido a los Ayudantes Técnicos Sanitarios/ Diplomados/ Graduados en Enfermería que desean acceder a alguna de las especialidades aprobadas en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de EnfermeríaLink externo y que, además de superar una prueba objetiva, previamente acrediten un ejercicio profesional en el campo específico de la especialidad solicitada en alguna de las situaciones descritas en la Disposición transitoria segunda del citado real decreto.

Ayudantes Técnicos Sanitarios / Diplomados/ Graduados en Enfermería que cumplan los requisitos descritos a continuación.

Requisitos
Experiencia profesional y formación

Ejercicio profesional Formación requerida Prueba objetiva
a) 4 años de ejercicio profesional en lasactividades propias de la especialidad Superar la prueba deEvaluación de la Competencia
b) 2 años de ejercicio profesional en lasactividades propias de la especialidad Mínimo de 40 créditos de formación continuada acreditada, en el campo de la especialidad título postgrado de carácter universitario, no inferior a 20 créditos o 200 horas en elcampo de la especialidad
c) 3 años como profesor de Escuelas Universitarias de Enfermería y adscritas, en áreas de conocimiento relacionadas con la especialidad+1 año actividad asistencial en actividades propias de la especialidad

Normativa

  • REAL DECRETO 183/2008 : por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
  • REAL DECRETO 450/2005 : sobre especialidades de Enfermería.
  • REAL DECRETO 639/2014 : por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialista.

Más Información

Prueba de Evaluación de la competencia referida a todas las especialidades

Las bases de la convocatoria a la prueba objetiva, han sido publicadas en el Boletín Oficial del Estado el 29 de Julio de 2009 Link externo.

Programa formativo de cada especialidad

Los programas formativos de cada una de las especialidades de Enfermería, especifican los objetivos cuantitativos y cualitativos y las competencias profesionales correspondientes a los enfermeros especialistas.

La aprobación de los programas formativos requiere el siguiente proceso:

  • Elaboración por parte de la Comisión Nacional de la especialidad correspondiente.
  • Informe emitido por :
    • Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.
    • Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • Notificación a la Comisión Delegada de Enfermería
  • Propuesta de la Comisión delegada de Enfermería al Consejo Nacional de especialidades en Ciencias de la Salud
  • Ratificación por el Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud.
  • Aprobación por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
  • Publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Programas formativos de las Especialidades de Enfermería aprobados hasta la fecha Link externo:

 

Información de la solicitud

Plazo de presentación

Abierto permanentemente

  • Enfermería de Salud Mental (proceso cerrado)
  • Enfermería del Trabajo (proceso cerrado)
  • Enfermería Geriátrica (proceso cerrado)
  • Enfermería Pediátrica (proceso cerrado)
  • Enfermería Familiar y Comunitaria (plazo de solicitud cerrado, proceso de revisión expedientes)
  • Enfermería de Cuidados Médico–Quirúrgicos (proceso abierto)

Modelo(s) de solicitud

Se realiza a través del botón de “Acceso al servicio online” en la parte superior de la ficha

A través de la aplicación web podrá cumplimentar la solicitud de acceso excepcional al título de Enfermero Especialista y obtener información del estado de tramitación de su expediente
IMPORTANTE: Una vez cumplimentada la solicitud mediante vía Web, hay que presentar la misma, junto a la documentación requerida, en un Registro Oficial.
Si no desea realizar la tramitación a través de la aplicación web, se facilita, a modo de guía, modelo de instancia para la solicitud del título de especialista.
Descargar modelo de instancia:

Instrucciones

Las solicitudes hay que dirigirlas únicamente a la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, C/ Torrelaguna, 58. 28027 Madrid.
Nota importante: la presentación repetida de una misma solicitud solo sirve para retrasar el proceso general, por lo que se dirigirá exclusivamente una solicitud al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Documentación

Junto a la solicitud cumplimentada y firmada por el solicitante, hay que aportar:

  • DNI o pasaporte en vigor o autorización para consultar sus datos de identificación personal a través del Sistema de Verificación de Identidad (Real Decreto 522/2006, de 28 de abril), eximiéndose en este caso de la obligación de aportar el DNI.
  • Certificado acreditativo de haber ejercido las actividades propias de la especialidad solicitada.

Las copias de todos los documentos aportadas deben estar debidamente compulsadas.
Los organismos autorizados para compulsar los documentos que deben acompañar la solicitud son:

  • Registros centrales o periféricos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Link externo
  • Registros de la Administración General del Estado
  • Registros de las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno.
  • Oficinas consulares de España en el extranjero.
  • Ayuntamientos que han suscrito el convenio de Ventanilla Única con la Administración General del Estado.
  • Registros de las Administraciones de las Comunidades Autónomas.
  • Además de los lugares indicados, en cualquier de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Presentación de la solicitud

VolverLas solicitudes, escritos y comunicaciones se podrán presentar en cualquiera de las oficinas de registro contempladas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Consulta las oficinas de registro 

Información del procedimiento seguido entre la solicitud y la resolución

Las resoluciones estimatorias y desestimatorias son dictadas por el órgano competente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Información del procedimiento posterior a la resolución

Una vez que se haya recibido la notificación de la concesión del título oficial de especialista, puede solicitar la expedición del Título de Enfermero Especialista, previa cumplimentación del impreso, Modelo 790 Tasa 059Link externo, disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Cumplimentación del formulario de abono de tasas
Se adjunta una guía para la Cumplimentación del formulario de abono de tasas para la expedición de títulos de Enfermero Especialista a través de la vía excepcional contemplada en las disposiciones transitorias segunda y tercera del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería.

En la casilla ‘Dependencias en las que retirará el título’ deberá indicar la Delegación del Gobierno Link externoSubdelegación del Gobierno Link externo o la Dirección Provincial de Educación de Ceuta Link externo, se abre en ventana nueva Melilla Link externodonde desee retirar el título.

Nota importante: El abono de tasas solo se puede efectuar tras haber recibido la notificación de la concesión del título oficial de especialista correspondiente.

Contacto

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página deInformación administrativa