UGT INFORMA LA BAJA LABORAL INTERRUMPE EL PERIODO VACACIONAL

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Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares, del 9 de mayo de 2013, concluyó que los trabajadores en situación de incapacidad temporal tienen derecho a irse de vacaciones en un momento posterior al establecido, tanto si la incapacidad se inició antes de la fecha prevista para sus días de descanso, como si sobrevino precisamente durante estos días.

Os informamos que en aras a las diferentes Sentencias ,  en el Servicio Cántabro de Salud todos los trabajadores tendrán derecho a la reserva de las mismas  cuando las situaciones de permiso de maternidad, incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia o riesgo durante el embarazo impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan, o una vez iniciado el periodo vacacional sobreviniera una de dichas situaciones, el periodo vacacional se podrá disfrutar aunque haya terminado el año natural que correspondan y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a  partir del final del año en que se hayan originado.