Este jueves 23 de Julio, se ha convocado La Comisión de Seguimiento de Carrera y Desarrollo Profesional entre la Dirección Gerencia del SCS y las Organizaciones Sindicales firmantes del acuerdo de Carrera y Desarrollo profesional.
Estas son las propuestas de UGT ante la situación actual derivada de la aplicación del acuerdo de Carrera y Desarrollo Profesional:
Además, creemos que la Administración ha pervertido el Acuerdo de Carrera y Desarrollo profesional con las Organizaciones Sindicales, por lo que desde UGT denunciamos lo siguiente:
DISCRIMINACIÓN ENTRE PERSONAL FIJO E INTERINO
El SCS, para justificar que existe vínculo administrativo ha realizado una interpretación interesada y torticera de lo que supone ser interino de larga duración, y lo ha resuelto de la siguiente manera:
“aquel que lleve más de cinco años de relación de prestación de servicios en la misma plaza u otra de contenido funcional equivalente en el mismo servicio de salud”
Esto provoca la discriminación y la desigualdad de reconocimiento del mérito profesional entre el personal interino por un lado y entre el personal interino y el fijo por otro lado, provocando las siguientes situaciones:
Un trabajador con plaza fija, con un año trabajado en el SCS y 10 años trabajados en otro sistema de salud puede optar sin problema al grado I.
Un trabajador con plaza vacante, con un año trabajado en el SCS y 10 años trabajados en otros sistemas de salud, se le impide optar al grado I.
Lo mismo ocurre con el personal contratado laboral por el SCS, que realizan mismas funciones y trabajo que personal estatutario sin embargo no son aptos según la administración para optar al grado mientras que los segundos si lo son.
EL TIMO DE LA RESIDENCIA PARA EL PERSONAL FACULTATIVO, ENFERMEROS Y DEMÁS ESPECIALISTAS
En el acuerdo de 2006, no se recogía el tiempo trabajado en la residencia como compatible para optar a un grado de carrera profesional.
En el acuerdo de 2017, se recoge que quién hubiera optado a un grado anterior podía optar a la invocación de la residencia y en cambio el resto podía usar el tiempo de residencia para solicitar el grado I, pero…
En la realidad nos encontramos que si bien el tiempo de residencia computa para grado I, NO COMPUTA para que se reconozca el vínculo administrativo.
De nuevo nos encontramos con dos situaciones:
Un facultativo con plaza fija, con un año trabajado en el SCS y la residencia puede optar sin problema al grado I, aunque no se le permitirá invocar la residencia para futuros grados.
Un facultativo con vacante, con un año trabajado en el SCS y la residencia se le niega el grado I y además no se le permite invocar la residencia para futuros grados.
ESCALERAS ENTRE GRADOS
UGT ha sido el único sindicato en mesa sectorial en octubre de 2017 en solicitar escaleras entre categorías para el desarrollo de grado de carrera profesional.
Actualmente se penaliza a los trabajadores, incluso en el mismo grupo de clasificación (A1 o A2), que no pueden continuar con el grado reconocido debiendo empezar de nuevo en grado I, por ejemplo un facultativo en dos categorías, o un enfermero especialista respecto a la categoría de enfermero.
Solicitamos el apoyo del resto de organizaciones así como el compromiso de la Administración para modificar este aspecto.
CONVOCATORIA DE GRADO EXTRAORDINARIA
Actualmente nos encontramos con que existe desigualdad entre los profesionales del SCS para su acreditación de grado, ya que el reconocimiento de éstos, no depende de sus méritos profesionales sino de la casualidad y oportunidad, las sentencias judiciales pendientes y futuras por resolver, o dicho de manera inversa, el hecho de no tener reconocido un grado se debe a estar en el lugar equivocado en el momento equivocado y no a la falta de capacidad y méritos de dichos profesionales.
A su vez, la aplicación de sentencia sin apertura de los procesos previos, o la discriminación entre profesionales, concretamente del personal interino abre un nuevo frente de procesos judiciales, con posibles sentencias similares a la del año pasado.
La única solución para encuadrar al personal del SCS en su justo grado de desarrollo o carrera profesional es la apertura de un proceso extraordinario de desarrollo y carrera, sin discriminaciones entre los tipos de profesionales, en el cual se bareme a cada cual según sus méritos. Cualquiera otra alternativa a esta medida, solo va a servir, a complicar más la casuística, a dejar al personal afectado a merced de los procesos judiciales y de diferentes reconocimientos y retribuciones con mismos méritos.