PROPUESTAS DE UGT ANTE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE CARRERA Y DESARROLLO PROFESIONAL

Este jueves 23 de Julio, se ha convocado La Comisión de Seguimiento de Carrera y Desarrollo Profesional entre la Dirección Gerencia del SCS y las Organizaciones Sindicales firmantes del acuerdo de Carrera y Desarrollo profesional.

Estas son las propuestas de UGT ante la situación actual derivada de la aplicación del acuerdo de Carrera y Desarrollo Profesional:

  1. El retraso en la resolución de la Convocatoria de 2019 de carrera y desarrollo profesional ha provocado que el personal del SCS no sepa si tiene el grado concedido, por lo que debe solicitarlo de nuevo en la convocatoria de 2020 duplicando el trabajo y llenando los registros de documentación.
  2. El retraso en la resolución de la Reapertura de la convocatoria de desarrollo y carrera profesional de 2016 por ejecución de sentencia ha provocado que el personal interino del SCS desconozca en qué fecha se le va a reconocer el grado I con fecha retroactiva, provocando solicitar el grado II sin saber a ciencia cierta en qué fecha le corresponde y llenando de nuevo los registros de documentación.
  3. El reconocimiento de grado previo a 2015 debido a la sentencia judicial que provocó la Reapertura de la convocatoria de desarrollo y carrera profesional de 2016 por ejecución de sentencia va a provocar que el personal interino correspondiente se le haya negado a participar en la convocatoria de 2018 y 2019 para acceder al grado II, por lo que desde UGT EXIGIMOS la reapertura de nuevo del proceso a todo el personal afectado en las convocatorias anteriores.
  4. Desde UGT nos preocupa que la Aplicación Informática da por presentados los méritos para el grado anterior a esta convocatoria sin tener en cuenta el adelanto del reconocimiento del Grado I, por lo que puede haber personal perjudicado para acceder a los requisitos de los diversos bloques así como para el cálculo del excedente correspondiente para el siguiente grado, por lo que solicitamos que nos expliquen cómo se va a llevar a cabo dicha corrección.

Además, creemos que la Administración ha pervertido el Acuerdo de Carrera y Desarrollo profesional con las Organizaciones Sindicales, por lo que desde UGT denunciamos lo siguiente:

DISCRIMINACIÓN ENTRE PERSONAL FIJO E INTERINO

El SCS, para justificar que existe vínculo administrativo ha realizado una interpretación interesada y torticera de lo que supone ser interino de larga duración, y lo ha resuelto de la siguiente manera:

“aquel que lleve más de cinco años de relación de prestación de servicios en la misma plaza u otra de contenido funcional equivalente en el mismo servicio de salud

Esto provoca la discriminación y la desigualdad de reconocimiento del mérito profesional entre el personal interino por un lado y entre el personal interino y el fijo por otro lado, provocando las siguientes situaciones:

Un trabajador con plaza fija, con un año trabajado en el SCS y 10 años trabajados en otro sistema de salud puede optar sin problema al grado I.

Un trabajador con plaza vacante, con un año trabajado en el SCS y 10 años trabajados en otros sistemas de salud, se le impide optar al grado I.

Lo mismo ocurre con el personal contratado laboral por el SCS, que realizan mismas funciones y trabajo que personal estatutario sin embargo no son aptos según la administración para optar al grado mientras que los segundos si lo son.

EL TIMO DE LA RESIDENCIA PARA EL PERSONAL FACULTATIVO, ENFERMEROS Y DEMÁS ESPECIALISTAS

En el acuerdo de 2006, no se recogía el tiempo trabajado en la residencia como compatible para optar a un grado de carrera profesional.

En el acuerdo de 2017, se recoge que quién hubiera optado a un grado anterior podía optar a la invocación de la residencia y en cambio el resto podía usar el tiempo de residencia para solicitar el grado I, pero…

En la realidad nos encontramos que si bien el tiempo de residencia computa para grado I, NO COMPUTA para que se reconozca el vínculo administrativo.

De nuevo nos encontramos con dos situaciones:

Un facultativo con plaza fija, con un año trabajado en el SCS y la residencia puede optar sin problema al grado I, aunque no se le permitirá invocar la residencia para futuros grados.

Un facultativo con vacante, con un año trabajado en el SCS y la residencia se le niega el grado I y además no se le permite invocar la residencia para futuros grados.

ESCALERAS ENTRE GRADOS

UGT ha sido el único sindicato en mesa sectorial en octubre de 2017 en solicitar escaleras entre categorías para el desarrollo de grado de carrera profesional.

Actualmente se penaliza a los trabajadores, incluso en el mismo grupo de clasificación (A1 o A2), que no pueden continuar con el grado reconocido debiendo empezar de nuevo en grado I, por ejemplo un facultativo en dos categorías, o un enfermero especialista respecto a la categoría de enfermero.

Solicitamos el apoyo del resto de organizaciones así como el compromiso de la Administración para modificar este aspecto.

CONVOCATORIA DE GRADO EXTRAORDINARIA

Actualmente nos encontramos con que existe desigualdad entre los profesionales del SCS para su acreditación de grado, ya que el reconocimiento de éstos, no depende de sus méritos profesionales sino de la casualidad y oportunidad, las sentencias judiciales pendientes y futuras por resolver, o dicho de manera inversa, el hecho de no tener reconocido un grado se debe a estar en el lugar equivocado en el momento equivocado y no a la falta de capacidad y méritos de dichos profesionales.

A su vez, la aplicación de sentencia sin apertura de los procesos previos, o la discriminación entre profesionales, concretamente del personal interino abre un nuevo frente de procesos judiciales, con posibles sentencias similares a la del año pasado.

La única solución para encuadrar al personal del SCS en su justo grado de desarrollo o carrera profesional es la apertura de un proceso extraordinario de desarrollo y carrera, sin discriminaciones entre los tipos de profesionales, en el cual se bareme a cada cual según sus méritos. Cualquiera otra alternativa a esta medida, solo va a servir, a complicar más la casuística, a dejar al personal afectado a merced de los procesos judiciales y de diferentes reconocimientos y retribuciones con mismos méritos.