INSTRUCCIÓN SCS PERMISOS EXÁMENES OPE

 

#UGT os informamos de la comunicación recibida desde la Subdirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Cántabro de Salud #SCS, en la que se nos informa de la Nota sobre la Resolución de Instrucción del SCS enviada a los Centros, sobre los permisos para exámenes.

 

A efectos de aplicar el régimen de permisos a la casuística de los distintos turnos se tendrá en cuenta lo siguiente:

Si el trabajador tiene turno de noche el día anterior al día del examen se le dará permiso desde las 22:00 generando un déficit de jornada de dos horas, salvo
que preste servicios de 22:00 a 24:00 horas.

• Si el trabajador entra a trabajar en el turno de noche del mismo día del examen se otorgará permiso durante ese turno (22:00 horas a 24:00 horas) El trabajador podrá, no obstante comenzar su turno a las 22:00 horas generando, en esecaso, un exceso de jornada de 2 horas.

• Si el trabajador entra a trabajar a las 22:00 horas el día anterior al examen y
tiene que trabajar la noche del día del examen (desde las 22:00 horas) se le
otorgará permiso para ambos turnos de noche, siguiendo los criterios de déficit
o exceso de jornada señalado en los párrafos anteriores.

 

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🔗 INSTRUCCIONES SCS PERMISO EXÁMENES OPEs _241002_171529

 

 

UGT os mantenemos informados/as.

#UGT SIEMPRE JUNTO A LOS/AS TRABAJADORES/AS!!!