La administración nos informa que el próximo día 12 de mayo se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria corrección de errores de la Orden que regula el concurso de traslados, conforme a la cual se procederá a añadir una plaza adicional a la oferta de fisioterapeutas. Esto implica que se prorroga el plazo de presentación de solicitudes en esta categoría hasta el día 12 de junio (1 mes).SOLO SE AMPLIA EL PLAZO PARA FISIOTERAPEUTAS EL RESTO DE LAS CATEGORÍAS FINALIZAN A LA FECHA DE SU PUBLICACIÓN.
CORRECCIÓN DE ERRORES CONCURSO DE TRASLADO 2017
Categorías convocadas al concurso de traslados:
ENFERMERO/A
MATRON/A
FISIOTERAPEUTA
CELADOR/A
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Desde UGT nos parece una oferta “insuficiente“ que no se ajusta a la realidad que los profesionales demandan, la administración está abierta a ofertar concurso de traslados a otras categorías pero sorprende que algunos sindicatos no ven con buenos ojos una propuesta de concurso de traslados con todas las categorías sin tener una OPE prevista, UGT no vemos la necesidad de vincular los concursos de traslados a la existencia de una oferta pública de empleo, salvo en aquellos casos como es la de los Facultativos Especialistas de Área, en los cuales viene impuesto por la ley.
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Solicitud al concurso de traslados
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Las plazas serán adjudicadas a los concursantes de acuerdo con el baremo de méritos que figura como Anexo II a esta convocatoria
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y hasta la finalización del plazo para formular reclamaciones contra la resolución provisional del concurso de traslados, los concursantes podrán desistir de su solicitud. Las plazas adjudicadas serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración Pública,
Los concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la resolución definitiva en el Boletín Oficial de Cantabria. No obstante, el Gerente de la institución, por necesidades del servicio, podrá ampliar este plazo hasta diez días hábiles, debiendo comunicarlo al Centro donde ha obtenido nuevo destino.
Contra la presente Orden cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria».