La Resolución de 31 de octubre de 2018 ( BOC NÚM. 229.VIERNES, 23 DE NOVIEMBRE DE 2018 -), de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del Acuerdo para la mejora de la calidad del empleo público y de las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, adoptado por la Mesa General de Negociación del artículo 36.3 del EBEP de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2018. Contempla en su Apartado 3.3 lo siguiente “Respecto al personal laboral, la distribución y aplicación individual de estos incrementos retributivos se producirá, en su caso, a través de la negociación colectiva.
3.- Fondos adicionales:
a) Tanto el referido Acuerdo de 9 de marzo de 2018 como del artículo 18. Dos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 contempla, asimismo, la posibilidad de incrementar adicionalmente la masa salarial previa negociación colectiva. Para ello, durante los años 2018 a 2021 estos fondos adicionales se generarán, en una cantidad equivalente al 1,35% de la masa salarial, que es el porcentaje máximo permitido por la legislación básica estatal, de acuerdo con la distribución y cuantía que se señala para cada una de las anualidades:
Año 2018: 0,20% de la masa salarial.
UGT SOLICITA EL CUMPLIMIENTO DEL REPARTO DE ESTE FONDO ADICIONAL DE SUBIDA SALARIAL DEL 0.20% BAJO EL FORO DE NEGOCIACIÓN DE MESA SECTORIAL DE SANIDAD, QUE DEBEN DE HACERSE EFECTIVO SEGÚN CONTEMPLA EL ACUERDO QUE UGT FIRMÓ EN ESTE EJERCICIO 2018.