UGT Servicios Públicos ha solicitado un calendario de negociación para desarrollar, en el Sistema Nacional de Salud (SNS), el Plan de Choque para reducir la temporalidad en las Administraciones. UGT Servicios Públicos ha subrayado su apuesta por un SNS que sea motor de empleo. La semana pasada, esta organización sindical firmó el acuerdo del Plan de choque para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas. Este texto, aunque no cumple todas las expectativas del sindicato pues no elimina la tasa de reposición, mejora sustancialmente los acuerdos de 2017 y 2018 respecto al personal interino y temporal. Entre sus principales virtudes están las medidas preventivas y sancionadoras para evitar las irregularidades que convierten a España cíclicamente en un país en abuso de temporalidad.
El sindicato considera que, para el correcto desarrollo de la acción sindical en el ámbito del personal estatutario de los Servicios de Salud, se precisa un profundo cambio del actual marco normativo, la ley 55/2003, aclarando su relación jurídica con el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Durante la reunión del Ámbito de Negociación celebrada hoy, el Ministerio se ha comprometido a convocar el grupo de trabajo sobre temporalidad en la Sanidad Pública el próximo 27 de julio. Esta cita ha servido para solicitar la reactivación de los otros dos grupos de trabajo del Ámbito: Atención Priimaria y Condiciones Laborales. El sindicato ha exigido la inmediata convocatoria de todos los grupos. Además, UGT ha reclamado promover para el personal estatutario la jubilación anticipada por coeficientes reductores y la jubilación parcial con contrato de relevo y recuperar, real y efectivamente, la jornada laboral de 35 horas.
Actualización de Funciones
Ha quedado pendiente la convocatoria del grupo de trabajo para la actualización de funciones, no obstante, la Administración se ha comprometido a dar información sobre el tema en la reunión del ámbito del próximo 27 de julio. Entre los colectivos para los que UGT ha reclamado que se adecúen sus niveles profesionales a sus responsabilidades reales están los TCAE y los celadores.
El pasado mes de abril, UGT y el resto de organizaciones que ostentan la mayoría en la Mesa del Ámbito del Ministerio de Sanidad remitieron una una carta al Ministerio solicitando la activación de los grupos de trabajo comprometidos para actualizar las funciones, tanto de TCAE como de celadores.
Proceso selectivo en INGESA.
UGT ha llamado la atención sobre el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de INGESA. En la convocatoria del proceso se especifica que el ejercicio de la fase de oposición se realizará en las localidades de Ceuta y Melilla. El sindicato ha solicitado que también se dé la posibilidad de poder realizar estas pruebas en Valencia. El viaje a a las ciudades autónomas es largo, lento, complejo y costoso y muchos aspirantes no podran hacer frente a estos gastos y dificultades.
En cuanto al Proyecto de Real Decreto por el que se regula la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, que constituía el punto principal objeto de la reunión del Ambito, UGT ha reclamado la modificación del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud, para mejorar sus condiciones laborales (jornada, respeto tiempos formativos, retribuciones, negociación, etc). El sindicato considera que el decreto requiere, además, una revisión que lo adecúe, tras las sentencias que se han dictado sobre descansos en guardias.
El sindicato ha pedido modificar varios artículos y disposiciones del proyecto que hagan suficientemente garantistas todas las medidas contempladas, como por ejemplo los que concretan el acceso y oferta de plazas de formación de capacitación específica o los referidos al procedimiento de recertificación para los profesionales con Diploma de Área Capacitación Específica y los Especialistas en Ciencias de la Salud. UGT considera que se debe ser garantista, no condicionando el empleo de los trabajadores y trabajadoras y con las suficientes medidas en el presente decreto para que no se vean sometidas al arbitrio de negociaciones posteriores o de ámbitos inferiores.