Segunda fase de aportación de la documentación acreditativa de méritos.
Requisitos para poder participar en la segunda fase. De conformidad con lo previsto en la Base.Tercera.1.B) de la convocatoria 2017 solo pueden participar en la segunda fase de acreditación de méritos quienes hayan efectuado su solicitud en la denominada primera fase convocada en 2021. No obstante, el personal incluido en el ámbito de aplicación de la convocatoria que no haya participado en la primera fase en 2021, y accedió a la primera fase en 2017 mediante la presentación de la correspondiente solicitud, y siendo esta válida a efectos de su participación en la misma, podrá aportar la documentación acreditativa de los méritos que consideren oportunos en la segunda fase que ahora se publica. En todo caso se deberán reunir los requisitos previstos en la Base Segunda de la convocatoria de 2017,en la redacción dada por la Resolución de ejecución de la Sentencia (BOC nº 128 de 5 de julio de 2021), y siendo de aplicación lo establecido en la disposición adicional undécima de la Ley 9/2010, en cuanto disposición que regula el derecho al acceso del sistema de carrera profesional del personal interino de las Instituciones Sanitarias del Servicio Cántabro de Salud. Tercera.
Plazo de presentación de los méritos. El plazo para la aportación de méritos de la segunda fase de la convocatoria será de tres meses computados desde la publicación de esta resolución en el BOC.
De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Carrera, los méritos admisibles y valorables, serán únicamente los causados hasta el día de presentación de la solicitud. A efectos de determinar la equivalencia de fecha de solicitud entre la presentada en el año 2021 y la que hubiera correspondido en 2017, se establece la siguiente tabla de equivalencias, cuya finalidad es determinar la fecha homologa de solicitud en 2017.