REDUCCIÓN DE IMPORTES A COBRAR EN CONCEPTO DE PAGA EXTRA

Ante las preguntas de no pocos compañeros sobre las razones de que la paga extra de junio venga con una reducción respecto del sueldo base y de la antigüedad mensual, la respuesta está en la decisión que en su momento adoptó el Gobierno en aplicarnos de manera unilateral un recorte a nuestras retribuciones, previo a la decisión de quitarnos la paga extra de “navidad” de 2012- Este recorte en las pagas, para todos los empleados públicos, se reguló en la correspondiente normativa, y concretamente para 2013 en la Ley 17/2012 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado, en su  caso percibirán, en cada una de las pagas extraordinarias de los meses de junio y diciembre en el año 2013, en concepto de sueldo y trienios, los importes que se recogen a continuación:

VER INFORMA

GRUPO SUELDO TRIENIO PAGA EXTRA TRIENIO PAGA REDUCCIÓN
A1

1109,05

42,65

684,36

26,31

441,03

A2

958,98

34,77

699,38

25,35

268,42

B

838,27

30,52

724,5

26,38

117,91

C1

720,02

26,31

622,3

22,73

101,3

C2

599,25

17,09

593,79

17,73

  5,63

E

548,47

13,47

548,47

13,47

0

 

Observamos como en ambos conceptos la reducción porcentual oscila entre el 38,30% para el grupo A1, hasta el 0% para el grupo E.

Está claro que el demoledor efecto de la usurpación de la paga de navidad de 2012, ha hecho olvidar a algunos compañeros que los efectos de los recortes ya estaban siéndonos aplicados desde algo antes.

Sirva esta hoja informativa para refrescar la memoria a los olvidadizos y darnos cuenta de que aunque estemos recuperando algo de terreno perdido, aún nos sigue apretando a través del BOE.