El Tribunal Constitucional admite a trámite la cuestión de inconstitucional del RD 20/2012

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Los empleados públicos están cada más cerca de ver restituida la paga extraordinaria de diciembre de 2012 que el Gobierno suprimió por decreto. El Boletín Oficial del Estado ha publicado la admisión a trámite por parte del Tribunal Constitucional de tres cuestiones de inconstitucionalidad relativas al artículo 2 del Real Decreto 20/2012, que informaba de la supresión de paga extra del mes de diciembre al personal del sector público.

En los últimos meses, diversos tribunales de Justicia Autonómicos han dictado sentencias favorables a los sindicatos y los trabajadores. Para la Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT resulta evidente que la restitución de los derechos usurpados a los trabajadores será un hecho respaldado por la justicia. Desde el pasado mes de mayo, UGT ha pedido al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristobal Montoro, en reiteradas ocasiones, que convoque la Mesa de Negociación para negociar la devolución de la paga extraordinaria a los empleados públicos, en previsión del aluvión de sentencias positivas que se sucederían en los próximos meses. Hasta el momento, FSP-UGT no ha obtenido ninguna respuesta.

Un recurso procede de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional y los otros dos del Juzgado de lo Social número 5 de Santa Cruz de Tenerife. El pasado mes de octubre, el Tribunal Constitucional abría el procedimiento para reclamar la extra de diciembre de 2012 del personal laboral. La argumentación legal era la misma que la de los recursos que se han hecho públicos el martes día 4: la vulneración del artículo 9.3 de la Constitución que supone dicha medida del RD 20/2012. (La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos).