CREACIÓN DE LA CATEGORÍA DE TÉCNICO DE FARMACIA

En el BOC de 10 de noviembre (Orden SAN/62/2014, de 27 de octubre)se crea la categoría de Técnico de Farmacia en el SCS

ORDEN CREACION CATEGORIA DE TECNICO EN FARMACIA

  • Grupo de clasificación: al Grupo C-Subgrupo C2
  • Retribuciones. serán igual a los establecidos para las plazas de Auxiliares de Enfermería en servicios centrales
  • Funciones. Los servicios complementarios y de apoyo de las funciones que desarrolla el personal facultativo farmacéutico de los servicios de farmacia.
  • Acceso a la categoría  requisito indispensable estar en posesión del título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Farmacia y Parafarmacia o equivalente

BOLSA DE CONTRATACIÓN DE TÉCNICOS DE FARMACIA

Deberá efectuarse una convocatoria para formar una selección temporal de técnicos en Farmacia en el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente Orden.

Situación del personal fijo que desempeña actualmente funciones de Técnicos en Farmacia

 Continuarán en todo caso en su ejercicio.

 Si se tratase de personal que posea la titulación requerida podrá formular solicitud dirigida al titular de la Consejería competente en materia de sanidad para su integración voluntaria en la categoría de Técnico en Farmacia en el plazo máximo de doce meses

Situación del personal temporal que desempeña actualmente funciones de Técnico en Farmacia 

 El personal que estén en posesión de la titulación, serán integrados mediante nombramiento con el mismo carácter temporal en la nueva categoría de Técnico en Farmacia.

El personal que carezcan de de la titulación prevista , únicamente podrán continuar ejerciendo sus funciones con el mismo nombramiento hasta la aprobación de la lista de selección temporal de técnicos en Farmacia.