UGT INFORMA. EL PRÓXIMO DÍA 8 DE FEBRERO OSAKIDETZA PUBLICARÁ LAS BASES GENERALES DE OPE 2016-2017 EN EL BOPV.

OSAKIDETZA

LAS SOLICITUDES NO SE PODRÁN REALIZAR HASTA QUE NO SEAN CONVOCADAS LAS BASES ESPECIFICAS. 

El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes a partir del siguiente al de la publicación en el BOPV de las bases específicas de cada convocatoria y finalizará a las 14 horas del último día del mismo.

Las solicitudes se realizarán vía internet,

Vía internet en los Kzgunea del Gobierno Vasco.

También se podrá realizar de forma Excepcionalen dependencias de Osakidetza habilitadas al efecto.

TASAS

En el plazo de presentación de solicitudes es obligatorio el pago de los derechos de inscripción (tasas).

Las tasas se pueden abonar de la siguiente manera:

  •  Vía internet al realizar la solicitud.
  • Ingreso en las siguientes entidades: Kutxabank, Euskadi Kutxa / Caja Laboral, La Caixa y BBVA. En el caso de optar por el abono en las sucursales de estas entidades, se deberá́ presentar el impreso de solicitud en la entidad financiera colaboradora, quien una vez realizado el ingreso lo validará mecánicamente.

En el supuesto de optar por el abono vía Internet se deberán cumplimentar los apartados de pago de derechos de inscripción previstos en la solicitud.

La falta de abono de los derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes supondrá́ la exclusión del proceso.

Contra esta Resolución podrá́ ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

POSIBILIDAD DE OPTAR POR MANTENER LA NOTA DE LA FASE OPOSICIÓN EN LA FUTURA OPE 2018-19

Las personas que aprueben la oposición 2016-2017 podrán acogerse a una de estas dos opciones:

  • Opción A. Conservar para la OPE 2018-2019 la nota obtenida en la fase de oposición del proceso selectivo de la OPE 2016-2017.

Requisitos:

a) Haber aprobado la fase de oposición de la OPE 2016-2017.

b) Que se inscriba y abone las tasas de la OPE 2018-2019.

c) Que indique expresamente la opción de conservación de la nota de la OPE

2016-2017 en su solicitud de participación en la OPE 2018-2019.

En este supuesto, a quien por cualquier circunstancia realice las pruebas correspondientes a la fase de oposición de la OPE 2018-2019, se le aplicará el tratamiento de la opción B, de tal manera que se le asignará directamente la nota superior obtenida en la fase de oposición de dichos procesos selectivos, siempre y cuando tenga la condición de aprobado en los mismos.

  •  Opción B. Realizar las pruebas de la fase de oposición correspondientes a la OPE 2016-2017 y a la OPE 2018-2019, tras lo cual se le asignará directamente para la OPE 2018-2019 la nota superior obtenida en la fase de oposición de dichos procesos selectivos

Requisitos:

a)     Haber aprobado los procesos selectivos correspondientes a las OPEs 2016-2017 y 2018-2019.

No obstante, a quien habiendo elegido la opción B no realizara el examen de la fase de oposición de la OPE 2018-2019, se le aplicarán los criterios de conservación de nota establecidos en la opción A, siempre que tuviera la condición de aprobado en la fase de oposición de la OPE 2016-2017.

En todo caso, dichas opciones únicamente serán de aplicación en la convocatoria inmediatamente posterior, esto es, en la OPE 2018-2019, siempre y cuando el contenido del temario y de los ejercicios, y la forma de calificación de los mismos sean análogos.