UGTSANIDAD INFORMA ELECCIONES GENERALES 2023
¿Puedo ausentarme del trabajo para votar?
Los trabajadores del SCS que presten sus servicios el día de las elecciones en horario de votación, tendrán derecho, dentro de la jornada de trabajo, a un permiso retribuido de hasta cuatro horas de duración para el ejercicio del derecho de sufragio. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.
El SCS organizará la distribución del período del permiso que disponga el personal para acudir a ejercer el derecho de sufragio, en atención a la organización del trabajo y buen funcionamiento de los servicios.
Los trabajadores que resulten nombrados presidente o vocal de las Mesas electorales y los que acrediten su condición de interventores o apoderados tienen derecho a permiso retribuido de jornada completa el día de la votación y el día inmediatamente posterior al día de la votación.
Los trabajadores del SCS que se presenten como candidatos a los distintos procesos electorales serán dispensados de la prestación del servicio en sus respectivos puestos de trabajo durante el periodo oficial de duración de la campaña electoral, previa solicitud por escrito de los interesados.
Este permiso está recogido en la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General.
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informa elecciones generales 23j 2023-07-13
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